No importa si estás buscando tu primer empleo o si llevas contratado desde antes de que se creara Instagram, porque nunca se sabe cuándo te surgirá una nueva oportunidad laboral y, para ese momento, es importante que puedas valorar las opciones que se te planteen en función del tipo de contrato que te ofrezcan, porque no todos son iguales.
Para empezar por el principio, ¿qué es un contrato?
Es un acuerdo entre una empresa y un trabajador que regula las condiciones de la relación dada entre ambos. Recoge la actividad a llevar a cabo, el número de horas, salario, vacaciones, derechos y obligaciones.
Contrato indefinido
Este tipo de contrato tiene fecha de inicio, pero no de fin: son los contratos más deseados por los trabajadores, puesto que, en principio, son los más estables. Es el contrato que más se incentiva por parte del Gobierno al ser el que mayor estabilidad laboral y financiera aporta.
Contrato temporal
Este tipo de contrato se firma por un periodo de tiempo determinado, en el que se distinguen varias categorías que delimitan la duración del mismo.
- De obra y servicio: cuando se sabe la fecha de inicio y fin, pero existe la posibilidad de que se alargue. Tiene una duración máxima de tres años, ampliable por 1 año más.
- De interinidad: son usados para sustituir trabajadores que están en una excedencia, formándose o en otra circunstancia que, temporalmente, les impide trabajar. Son contratos que terminan cuando la persona sustituida se reincorpora a su puesto de trabajo.
- De relevo: este contrato es similar al de interinidad, con la diferencia de que la sustitución tiene un carácter temporal. Se utilizan cuando un trabajador se va a jubilar (parcialmente) y se contrata a alguien que supla esas horas para posteriormente ocupar su vacante.
- Eventuales: estos contratos se firman para hacer frente a un aumento puntual de la producción o carga de trabajo. No pueden superar los seis meses de duración, a menos que se indique lo contrario en un convenio colectivo.
Contrato de práctica vs contrato para la formación y el aprendizaje
El contrato de prácticas sirve para completar la formación del empleado, ya que le ayuda a adquirir una experiencia laboral práctica, en relación a los estudios que haya cursado (normalmente estudios superiores ya finalizados). Suelen durar entre seis meses y dos años y tienen que ser siempre remunerados. La jornada de trabajo que contempla este tipo de contrato puede ser completa o parcial.
El contrato para la formación y aprendizaje está pensado para compaginar estudios y trabajo. Por ello, es imprescindible que los jóvenes que opten por este tipo de contratos no tengan titulación oficial relacionada con el puesto de trabajo a cubrir.
Para poder firmar este tipo de contrato, el trabajador tiene que ser menor de 25 años, y puede durar entre seis meses y tres años, siendo obligatoria la remuneración. Este tipo de contrato solo podrá aplicarse a jornada completa de trabajo.
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